Convenios
2013
Descargar convenio de transferencia de fondos U. de Chile – ONEMI
Tras el sismo ocurrido el 21 de abril de 2007 en la Región de Aysén, y luego el terremoto del 27 de febrero de 2010, las autoridades pactaron un plan de mejoramiento técnico con la Universidad de Chile. Éste se materializó en la creación del Centro Sismológico Nacional en 2013, que tuviera capacidades de diseño, implementación y operación de una red sismológica que cubriera el territorio nacional, promoviendo el buen funcionamiento del plan de alarma nacional en crisis sísmicas.
A continuación, se detallan los puntos clave del primer convenio firmado en 2013 entre la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI) del Ministerio del Interior y la Universidad de Chile.
El 28 de diciembre de 2012, la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI) -dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública- y la Universidad de Chile firmaron un Convenio de Colaboración, bajo el antecedente de las normas del Decreto Ley N° 369 de 1974 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 509 de 1983 del Ministerio del Interior, en particular lo previsto en su artículo 7° letra c), y la Resolución N° 1600 de 2008, de la Contraloría General de la República.
Conforme a lo establecido en el artículo 1° del Decreto Ley antes mencionado, la ONEMI es el organismo encargado de planificar, coordinar y ejecutas las actividades destinadas a prevenir o solucionar los problemas derivados de sismos o catástrofes naturales o provocadas por el hombre. Al mismo tiempo, la Oficina Nacional está facultada para promover convenios con universidades, entre otros, para realizar e implementar investigaciones científicas y de desarrollo tecnológico que permitan identificar, dimensionar y alertar posibles amenazas y prevenir sus consecuencias.
A partir del 1° de enero de 2013, el Servicio Sismológico Nacional de la Universidad -hasta entonces dependiente del Departamento de Geofísica- formará parte del Centro Sismológico Nacional (CSN), ahora como unidad de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile. El Servicio contaba con una red de estaciones para la investigación de los fenómenos sísmicos y con la capacidad de proveer información sobre los eventos sismológicos en el territorio nacional, la cual en la actualidad está basada en una infraestructura que debe robustecerse.
En 2007, la Universidad presentó al Ministerio del Interior un proyecto denominado “Red Sismológica Nacional” (RSN), cuyo objetivo era, por una parte, la implementación de una red sismológica que permita disponer de una cobertura sísmica nacional para generar información oportuna a las instituciones nacionales que tienen atribuciones legales sobre la materia y público en general y, por otra parte, la creación de una base de datos que proporciones información permanente y continua que contribuya, en forma efectiva, al conocimiento de la actividad sísmica en el territorio nacional.
En el marco de este proyecto, tanto la ONEMI como la Universidad identificaron sitios, construyeron estaciones sismológicas y adquirieron equipos e instrumentos técnicos para las operaciones de monitoreo sísmico, entre otros los adquiridos por la Universidad y luego entregados a la ONEMI en cumplimiento del convenio suscrito en junio de 2009 y finalmente aprobado el 30 de diciembre de 2010. Todos estos bienes requieren de una debida puesta en marcha bajo un sistema robusto de monitoreo sísmico, adecuada operación y mantención por parte de un organismo técnico especializado que garantice su óptimo y eficiente funcionamiento, tarea para la que la Universidad cuenta con las competencias y experiencia para efectuarla.
Se convierte así en una obligación de carácter esencial remitir permanente y oportunamente la información provenientes de las estaciones sísmicas de la RSN, a la ONEMI y al Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile (SHOA), para la adecuada toma de decisiones en situaciones de emergencia, desastre o catástrofe.
De esta manera, ambas instituciones -ONEMI y CSN- suscriben este primer convenio que definió las condiciones para avanzar en el robustecimiento del sistema de monitoreo sísmico existente de la Universidad; la implementación de la RSN y su operación continua por parte de la Universidad; el financiamiento que otorgará ONEMI para su ejecución; y los derechos y obligaciones de ambas partes durante la vigencia del convenio.
El Convenio también establece la forma de comunicarnos con la ONEMI y el SHOA y, en este sentido, la Universidad se obliga a proporcionar la información proveniente de las estaciones sismológicas de la RSN y su análisis automatizado preliminar, a través de medios tecnológicos idóneos incluyendo, pero no limitado, a un espejo de procesamiento en tiempo real, en forma oportuna y sin costo para la ONEMI y el SHOA.
Asimismo, en caso de que ocurra un evento sensible para la población, la Universidad remitirá un informe técnico a la ONEMI y al SHOA que contendrá, a lo menos, hipocentro, magnitud y tiempo de ocurrencia. Esta información es pública y de acceso gratuito para toda la población, y puede ser utilizada por cualquier persona natural o jurídica, haciendo mención a la fuente: Centro Sismológico Nacional de la Universidad de Chile. Al mismo tiempo, se dispondrá de un sitio web para ser consultado públicamente tras el evento sísmico, y será habilitado al cabo de seis meses de la entrada en vigencia de este primer convenio. No obstante, en sismos con magnitud igual o superior a 7.0 registrados por instrumentos que no están conectados a la Red, la Universidad tendrá un plazo de 20 días para que la información sea incorporada al sitio web.
Del mismo modo, existirá un documento llamado “Datos de Contacto”, que estará en poder de las tres instituciones y que contendrá los números de teléfonos y correos electrónicos oficiales del CSN, de la ONEMI y del SHOA; datos que se irán actualizando según corresponda y comunicado a todos los organismos intervinientes, para el adecuado y coordinado cumplimiento de las finalidades de este Convenio.
Otras obligaciones
Sumado a las obligaciones de la Universidad en torno a la Red Sismológica Nacional y a la entrega de información tras los eventos sísmicos, deberá:
Entregar un reporte mensual sobre la totalidad de los eventos sísmicos sensibles y no sensibles que hayan sido localizados por la RSN, y que ONEMI mantendrá a disposición del público;
realizar pruebas de telecomunicaciones mensualmente con el SHOA y con el Centro Nacional de Alerta Temprana;
mantener actualizada y en funcionamiento la base de datos de registros sísmicos emanada de la RSN;
asesorar a ONEMI en materias de iniciativas de desarrollo de la información sísmica que elabore y proponga ONEMI;
poner la información sísmica pertinente (hipocentro y magnitud) en caso de emergencia, a disposición de ONEMI y del SHOA;
proponer a ONEMI la incorporación a la RSN nuevas tecnologías y conocimientos que mejore su funcionamiento;
realizar labores de Capacitación, Difusión y Extensión en materias relacionadas con el objetivo y finalidad de este Convenio, que incluirán cuatro cursos a personal de ONEMI y SHOA y Sistema de Protección Civil. Al mismo tiempo, se realizarán al menos dos reuniones de coordinación con SHOA y ONEMI.
Plan de Coordinación
Para la coordinación de las actividades, los coordinadores y representantes de cada una de las partes serán: por ONEMI su Director, y por la Universidad, el Director del CSN. En caso de ausencia, impedimento o reemplazo de los responsables, la designación de sus subrogantes, reemplazantes o nuevos titulares, será comunicado mediante oficio a la contraparte.
Se realizarán reuniones técnicas de coordinación en forma periódica, para precisar, aclarar y resolver posibles contingencias e inquietudes que pudiesen surgir durante el desarrollo de este Convenio. Lo tratado en estas reuniones quedará registrado en actas y firmado por los participantes para, posteriormente, ser validado por ambos Directores.
Tras la firma del Convenio, ambas partes entendieron que las actividades y responsabilidades que se establecieron, sólo podrán cumplirse en la medida de una disponibilidad oportuna de recursos. Por tanto, no es tarea de la Universidad disponer o buscar los recursos para la existencia y operatividad de la Red Sismológica Nacional.
De este modo, está establecido que los recursos que ONEMI transferirá a la Universidad financiarán:
El fortalecimiento del sistema de monitoreo sísmico de la Universidad;
la mantención y operación de la RSN;
los costos necesarios para que se complete el programa de instalación, conexión e incorporación al sistema de los equipos que compondrán la RSN;
los gastos de recapitalización necesarios para mantener la RSN funcionando de forma tal que permita cumplir con sus fines.
Asimismo, ONEMI proveerá íntegramente a la Universidad el financiamiento adecuado para los gastos de inversión, comunicación, instalación, incorporación al sistema, y uso de infraestructura durante los años 2014 y siguientes, para completar y operar la RSN, siempre y cuando ONEMI cuente con la disponibilidad presupuestaria para ello.
Distribución de los recursos
Para el fortalecimiento y mantenciones que requieran los equipos que tiene la Universidad para el monitoreo sísmico nacional, así como también para mantenerlos operativos durante la vigencia del primer convenio, la ONEMI transferirá a la Universidad la suma de $1.726.887.000 (mil setecientos veintiséis millones ochocientos ochenta y siete mil pesos) en dos cuotas:
ONEMI transferirá la primera remesa a la Universidad por un monto de $630.000.000 (seiscientos treinta millones de pesos). Esta cantidad se entrega en un plazo de 7 días hábiles de la total tramitación del acto administrativo una vez aprobado el convenio. Los primeros días de cada mes, la Universidad entregará un informe acerca de la inversión y gastos efectuados durante el mes anterior.
Para asegurar la continuidad de la operación, la Universidad solicitará la segunda remesa un mes antes de la ejecución del monto total anterior, dando cuenta de los gastos y costos en una rendición. ONEMI entregará la segunda cuota de $1.096.887.000 (mil noventa y seis millones ochocientos y siete mil pesos) dentro de los cinco días hábiles siguientes, sujeto a condición de contar con disponibilidad presupuestaria para ello.
Transferencia para robustecimiento de comunicaciones y nuevas estaciones de la RSN
Se utilizará para el robustecimiento de comunicaciones e incorporación de al menos 20 estaciones multiparámetros, y al menos 30 acelerógrafos -si éstos se encuentran conectados a Internet- del proyecto RSN en un plazo de doce meses desde la total tramitación del acto administrativo que apruebe el primer convenio. ONEMI, siempre y cuando cuente con los fondos presupuestarios para ello, transferirá $2.100.000.000 (dos mil cien millones de pesos) que se entregarán en cinco cuotas de $420.000.000 (cuatrocientos veinte millones de pesos) de acuerdo a lo siguiente:
La primera cuota será transferida a la Universidad dentro del plazo de 30 días hábiles de la total tramitación del acto administrativo una vez aprobado el convenio. Los primeros días de cada mes, la Universidad entregará un informe acerca de la inversión y gastos efectuados durante el mes anterior.
Un mes antes de la ejecución de cada cuota, dando cuenta de los gastos y costos en una rendición. ONEMI entregará la remesa solicitada dentro de los cinco días hábiles siguientes.
Para continuar con el proyecto, más allá de la vigencia del convenio, la Universidad presentará un nuevo plan de ejecución y gastos en un plazo no inferior a 60 días de la finalización del período original. Este nuevo plan deberá ser aprobado dentro de un plazo de 10 días. Si es aprobado, ambas partes firmarán un Anexo en el que se indiquen los nuevos fondos a entregar, junto a las modalidades y obligaciones.
La Universidad será la entidad responsable de la implementación y la puesta en marcha de la Red Sismológica Nacional, ejecutando todos los trabajos necesarios para aquéllo y definiendo las modalidades de su funcionamiento. Del mismo modo, la ONEMI proporcionará los recursos necesarios íntegra y oportunamente.
No obstante, está contemplado que los proyectos de construcción y/o instalación de equipos y estaciones que se encuentren en fase de ejecución por parte de ONEMI al momento de este convenio, seguirán siendo ejecutados por la Oficina Nacional de Emergencia, siendo supervisados por la Universidad hasta su término. Una vez terminados y recibidos conforme a la Universidad -de acuerdo al Protocolo de Equipos e Instalaciones Sismológicas-, ésta se hará cargo de la implementación, mantención y operación de la RSN, con las estaciones construidas y los equipos instalados.
En el convenio firmado en 2013, los proyectos en ejecución por parte de ONEMI y que forman parte de esta Red, son:
Red de Acelerógrafos. En conjunto con el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) y los Servicios Regionales de Vivienda y Urbanización (SERVIU), ONEMI ha gestionado la ejecución de las obras civiles para la instalación de 297 equipos acelerógrafos a lo largo del territorio nacional. Al terminar las obras, un representante de ONEMI y uno de la Universidad recepcionarán los equipos y las obras civiles -de acuerdo al Protocolo de Equipos e Instalaciones Sismológicas- para que, posteriormente, la Universidad termine su implementación y posterior operación y mantención.
Estaciones Sismológicas. De un total de 65 estaciones sismológicas proyectadas, 24 han sido construidas o se encuentran en fase de construcción. Al ser terminadas, un representante de ONEMI y uno de la Universidad recepcionarán los equipos y las obras civiles -de acuerdo al Protocolo de Equipos e Instalaciones Sismológicas- para que, posteriormente, la Universidad termine su implementación y posterior operación y mantención. Además, la Universidad deberá completar la instalación de 10 estaciones sismológicas, además de aquéllas que sea necesario reubicar e incorporar al sistema. Lo anterior, condicionado a que ONEMI le entregue a la Universidad los recursos correspondientes y suficientes en forma oportuna e íntegra.
Red GPS. ONEMI adquirió 130 equipos GPS para ser instalados en el territorio nacional. Éstos serán puestos a disposición de la Universidad cuando sea tramitado totalmente el acto administrativo que aprueba este Convenio, para que instale dichos equipos y los incorpore a la RSN. Lo anterior, condicionado a que ONEMI le entregue a la Universidad los recursos correspondientes y suficientes en forma oportuna e íntegra.
Otros equipos. ONEMI entregará a la Universidad los equipos y materiales que ha adquirido con el fin de ejecutar el proyecto RSN. Algunos de estos equipos son: sismómetros, acelerómetros, paneles solares, servidores, entre otros. Respecto a estos equipos y sistemas, la Universidad no asumirá riesgo alguno por daños, fallas, deterioros, mermas y/o pérdidas, a menos que se deba a culpa por parte del personal universitario o el que ella contrate.
En el Convenio se establece también que la Universidad será la responsable de la adecuada operación de la Red, así como de su debida y oportuna mantención, por supuesto condicionado a que ONEMI le entregue a la Universidad los recursos correspondientes y suficientes en forma oportuna e íntegra. De la misma manera, la Universidad se obliga a mantener la operatividad de la RSN y a efectuar oportunamente todas las reparaciones y mantenciones necesarias para el debido funcionamiento, comprendiendo así las actualizaciones técnicas inherentes al sistema y a su adecuado funcionamiento.
2014
Descargar convenio de transferencia de fondos U. de Chile – ONEMI
A continuación, se detallan los puntos clave del actual convenio, ratificado en enero de 2014 entre la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI) del Ministerio del Interior y la Universidad de Chile.
El 9 de enero de 2014, la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI) -dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública- y la Universidad de Chile firmaron un Convenio de Transferencia, bajo el antecedente de las normas del Decreto Ley N° 369 de 1974 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 509 de 1983 del Ministerio del Interior, en particular lo previsto en su artículo 7° letra c), y la Resolución N° 1600 de 2008, de la Contraloría General de la República.
Conforme a lo establecido en el artículo 1° del Decreto Ley antes mencionado, la ONEMI es el organismo encargado de planificar, coordinar y ejecutas las actividades destinadas a prevenir o solucionar los problemas derivados de sismos o catástrofes naturales o provocadas por el hombre. Al mismo tiempo, la Oficina Nacional está facultada para promover convenios con universidades, entre otros, para realizar e implementar investigaciones científicas y de desarrollo tecnológico que permitan identificar, dimensionar y alertar posibles amenazas y prevenir sus consecuencias.
A partir del 1° de enero de 2013, el Servicio Sismológico Nacional de la Universidad -hasta entonces dependiente del Departamento de Geofísica- formará parte del Centro Sismológico Nacional (CSN), ahora como unidad de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile. El Servicio contaba con una red de estaciones para la investigación de los fenómenos sísmicos y con la capacidad de proveer información sobre los eventos sismológicos en el territorio nacional, la cual en la actualidad está basada en una infraestructura que debe robustecerse.
En 2007, la Universidad presentó al Ministerio del Interior un proyecto denominado “Red Sismológica Nacional” (RSN), cuyo objetivo era, por una parte, la implementación de una red sismológica que permita disponer de una cobertura sísmica nacional para generar información oportuna a las instituciones nacionales que tienen atribuciones legales sobre la materia y público en general y, por otra parte, la creación de una base de datos que proporciones información permanente y continua que contribuya, en forma efectiva, al conocimiento de la actividad sísmica en el territorio nacional.
En el marco de este proyecto, tanto la ONEMI como la Universidad identificaron sitios, construyeron estaciones sismológicas y adquirieron equipos e instrumentos técnicos para las operaciones de monitoreo sísmico, entre otros los adquiridos por la Universidad y luego entregados a la ONEMI en cumplimiento del convenio suscrito en junio de 2009 y finalmente aprobado el 30 de diciembre de 2010. Todos estos bienes requieren de una debida puesta en marcha bajo un sistema robusto de monitoreo sísmico, adecuada operación y mantención por parte de un organismo técnico especializado que garantice su óptimo y eficiente funcionamiento, tarea para la que la Universidad cuenta con las competencias y experiencia para efectuarla.
Se convierte así en una obligación de carácter esencial remitir permanente y oportunamente la información provenientes de las estaciones sísmicas de la RSN, a la ONEMI y al Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile (SHOA), para la adecuada toma de decisiones en situaciones de emergencia, desastre o catástrofe.
De esta manera, ambas instituciones -ONEMI y CSN- suscriben este primer convenio que definió las condiciones para avanzar en el robustecimiento del sistema de monitoreo sísmico existente de la Universidad; la implementación de la RSN y su operación continua por parte de la Universidad; el financiamiento que otorgará ONEMI para su ejecución; y los derechos y obligaciones de ambas partes durante la vigencia del convenio.
Este Convenio de Transferencia surge como continuación del Convenio de Colaboración suscrito el 28 de diciembre de 2012, cuyo objetivo fue fortalecer el sistema de monitoreo sísmico y robustecer las comunicaciones y las nuevas estaciones de la Red Sismológica Nacional.
Los recursos de este Convenio están enfocados, principalmente, al robustecimiento de las comunicaciones e instalaciones de nuevas estaciones de la Red Sismológica Nacional. De este modo, el objetivo es lograr la completa ejecución del programa de instalación, conexión e incorporación al sistema, de los equipos que compondrán la Red Sismológica Nacional (RSN).
Así, la Universidad se compromete a:
- Instalar e incorporar a la RSN, 10 estaciones multiparámetros;
- Robustecer las comunicaciones de 20 estaciones multiparámetros;
- Incorporar 30 acelerógrafos a la RSN. Para esto, la ONEMI se compromete a notificar mensualmente a la Universidad, los acelerógrafos disponibles para su incorporación a la RSN. La Universidad deberá realizar la recepción conforme de los mismos, para lo cual contará con un plazo de 40 días hábiles. En caso de los equipos no cumplan con los requisitos técnicos definidos, enviará las observaciones a la ONEMI, quien dispondrá de 20 días hábiles para responder y/o corregirlas. La Universidad contará con 10 días para aprobar o rechazar esta contestación. Si no se manifestase, los equipos se entenderán recibidos conforme;
- Instalar e incorporar 20 estaciones GPS a la RSN; y,
- Implementación y puesta en marcha de una Data Center (Centro de Datos), con el objeto de fortalecer al sistema de telecomunicaciones robustas.
Transferencia para el fortalecimiento y operación del sistema de monitoreo sísmico existente en la Universidad
La ONEMI transferirá a la Universidad la suma de $2.184.169.000 (Dos mil ciento ochenta y cuatro millones ciento setenta y nueve mil pesos) en dos cuotas:
- La primera remesa será de $1.092.084.500 (Mil noventa y dos millones ochenta y cuatro mil quinientos) dentro de los siete días hábiles siguientes a la total tramitación del acto administrativo que aprueba este Convenio.
- La segunda remesa será de $1.092.084.500 (Mil noventa y dos millones ochenta y cuatro mil quinientos) dentro de los 30 días hábiles siguientes a la solicitud de la Universidad.
Transferencia para robustecimiento de comunicaciones y nuevas estaciones de la RSN
La Oficina Nacional de Emergencia, transferirá a la Universidad $1.680.000.000 (mil seiscientos ochenta millones de pesos) que el CSN pueda cumplir este objetivo. Esta acción se realizará dentro de los 7 días hábiles siguientes a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el presente convenio.
La Red Sismológica Nacional (RSN), consiste en una red pública de monitoreo sísmico, administrada y operada por el CSN, dependiente de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile la que, además, pone a disposición equipamiento propio y aquéllos que son producto de colaboraciones internacionales. La Universidad será la entidad responsable de la implementación y la puesta en marcha esta Red, ejecutando todos los trabajos necesarios para aquéllo y definiendo las modalidades de su funcionamiento. Para ello, la ONEMI transferirá los recursos.
Respecto a estos equipos y sistemas, la Universidad sólo será responsable de cualquier daño, desperfecto, pérdida, deterioro o robo que se produzca en el equipamiento que conforma la RSN como culpa o negligencia, por parte de su personal o el que ella contrate.
En el Convenio se establece también que la Universidad será la responsable de la adecuada operación de la Red, así como de su debida y oportuna mantención, por supuesto condicionado a que ONEMI le entregue a la Universidad los recursos correspondientes y suficientes en forma oportuna e íntegra. De la misma manera, la Universidad se obliga a mantener la operatividad de la RSN y a efectuar oportunamente todas las reparaciones y mantenciones necesarias para el debido funcionamiento, comprendiendo así las actualizaciones técnicas inherentes al sistema y a su adecuado funcionamiento.
Dado lo anterior, la Universidad se compromete, a lo menos, a:
- Contratar personal;
- cumplir con el Plan de Capacitaciones Conjuntas ONEMI-CSN-SHOA;
- desarrollar plan de capacitaciones para el personal del Centro Sismológico Nacional, el que deberá contemplar una capacitación GEMPA-SEISCOMP3, que consiste en un software de procesamiento sísmico;
- asistir a seminarios y congresos de actualización científica y tecnológica;
- adquisición de activos fijos;
- mantención de activos fijos.